El funcionamiento y la protección de los intereses de los socios en una empresa son fundamentales para la estabilidad y el éxito de cualquier negocio. Por esta razón, existen cláusulas como el Drag Along y el Tag Along en los pactos de socios, que protegen tanto a los socios mayoritarios como a los minoritarios en caso de venta total o parcial de la empresa. Si bien lo más común es incluirlas en el Pacto de Socios, en cuyo caso solo obliga a los socios que lo firmen, en ocasiones queda establecida en los Estatutos Sociales, siendo vinculante para todos los socios de la mercantil. Es importante coordinarlas con el derecho de preferencia establecido en la Ley de Sociedades de Capital.
En este artículo detallaremos los conceptos básicos de estas cláusulas, las posibilidades y limitaciones que tienen, así como los aspectos relevantes a tener en cuenta en su negociación y redacción.
Los conceptos básicos de Drag Along y Tag Along
¿Qué es el Drag Along o derecho de arrastre?
El derecho de arrastre o Drag Along es un mecanismo de protección comúnmente utilizado en los pactos de socios que se refiere a la venta forzada de las participaciones de los socios o accionistas minoritarios a un comprador cuando se realiza una oferta de compra por la totalidad de las acciones o participaciones. Esto significa que el socio mayoritario puede obligar a los demás socios a aceptar la oferta de compra, incluso si no desean vender sus participaciones. El objetivo del Drag Along es proteger los intereses del socio mayoritario. En general, se utiliza en situaciones en las que el socio mayoritario quiere vender su participación y los demás socios no quieren, ya que si se permite que los socios minoritarios mantengan su participación, esto puede hacer que la venta sea más difícil y disminuir el valor de las acciones.
¿Qué es el Tag Along o derecho de acompañamiento?
El derecho de acompañamiento o Tag Along es otro mecanismo de protección utilizado en los pactos de socios. Este derecho protege a los accionistas minoritarios concediéndoles el derecho a vender sus acciones o participaciones en las mismas condiciones si el socio mayoritario recibe una oferta de compra. Esto significa que si el socio mayoritario quiere vender su participación, los socios minoritarios tienen la opción de vender sus participaciones en las mismas condiciones. En general, el Tag Along se centra en proteger los derechos de los socios o accionistas minoritarios en caso de venta de acciones por parte de los accionistas mayoritarios. En situaciones en las que los accionistas minoritarios no tienen el derecho de acompañamiento, corren el riesgo de tener que mantener su participación en la empresa después de la venta de las acciones de los accionistas mayoritarios. Esto puede dar lugar a una situación no deseada si los nuevos accionistas tienen una visión diferente sobre la empresa.
Inclusión de las cláusulas Drag Along y Tag Along en los estatutos sociales
Validez de la inclusión en los estatutos sociales
Las cláusulas Drag Along y Tag Along son mecanismos de protección que pueden incluirse tanto en los estatutos sociales como en un pacto de socios posterior. Por lo tanto, se basan en el principio de autonomía de la voluntad de las partes, siempre que se respeten los principios generales del derecho societario y no se vulneren los derechos esenciales de los socios.
Consentimiento de todos los socios y asesoramiento jurídico
La inclusión de estas cláusulas en los estatutos sociales o en el pacto de socios debe contar con el consentimiento de todos los socios en el momento de su inclusión. Los socios minoritarios pueden no querer renunciar a su derecho de vender sus acciones en las mismas condiciones que el socio mayoritario. Por lo tanto, es recomendable llevar a cabo una adecuada negociación y redacción de las cláusulas. En este sentido, la herramienta de negociación de LexDoka puede contribuir a establecer soluciones equilibradas que permitan la protección de los derechos de todos los socios y eviten posibles conflictos.
Registro mercantil y transmisión de participaciones sociales
Las cláusulas Drag Along y Tag Along, si se incluyen en los Estatutos sociales de la empresa, al igual que el resto del contenido estatutario, deben ser inscritas en el Registro Mercantil para que tengan eficacia frente a terceros. En caso de transmisión de participaciones sociales, se recomienda establecer cláusulas que limiten la libre transmisión de participaciones y establezcan pactos de no competencia para evitar que las empresas competidoras puedan aprovechar la entrada de nuevos socios en la empresa.
La negociación y redacción de cláusulas Drag Along y Tag Along
Consideraciones importantes
Antes de incluir las cláusulas Drag Along y Tag Along en un pacto de socios, se deben considerar ciertos aspectos importantes. En primer lugar, es fundamental analizar las necesidades de protección de los socios y sus intereses en la empresa. Por otro lado, se deben discutir y negociar las condiciones de aplicación de estas cláusulas y su impacto en la toma de decisiones en la empresa.
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