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Cláusula de exclusividad o plena dedicación

¿Qué es la cláusula de exclusividad o plena dedicación?

La cláusula de exclusividad o plena dedicación es un acuerdo voluntario que se firma, normalmente, durante la vigencia de un contrato de trabajo entre un trabajador y una empresa donde el trabajador se obliga a no trabajar para otras empresas, ni siquiera en un sector distinto, a cambio de una compensación económica. Este pacto limita la posibilidad de pluriempleo o pluriactividad, permitido en España, y su libertad de profesión.

Contenido esencial

Para ello, la ley que regula esta cláusula es el Estatuto de los Trabajadores, y determina los requisitos que son necesarios para que sea válida:

  • Debe estar pacta por escrito, ya sea en el propio contrato de trabajo o en un documento aparte
  • Debe incluir una compensación económica expresa que se abone como un complemento salarial que solo retribuya el pacto de exclusividad y plena dedicación. Es decir, no puede estar incluida en el salario habitual del trabajador sino como un complemento a este. El complemento salarial es de carácter personal, es decir, se paga por una circunstancia propia del trabajador, y no por el puesto de trabajo o categoría profesional. Así, este complemento salarial no se transmite a otros trabajadores que ocupen el mismo puesto o categoría.
  • El trabajador puede rescindirse con un preaviso de 30 días, perdiendo en ese caso la compensación económica.

Ante el incumplimiento de esta cláusula si es:

  • Por parte del trabajador: puede suponer su despido disciplinario y una reclamación de daños y perjuicios por parte de la empresa.
  • Por parte de la empresa: el trabajador en ese caso puede reclamar a la empresa por una modificación sustancial del contrato de trabajo.

¿En qué contratos se suele aplicar?

Limitaciones

Las limitaciones no son otras que:

  • Cumplir con los requisitos establecidos en el apartado de contenido esencial
  • La duración de esta cláusula no puede superar los dos años para los técnicos y los seis meses para los demás trabajadores mientras esté vigente el contrato. Si el contrato de trabajo se extiende más allá de ese período, la cláusula deja de tener efecto, salvo que se renueve por escrito y con una nueva compensación económica.

Por ejemplo, si un técnico firma un contrato de trabajo indefinido con una cláusula de plena dedicación o exclusividad por dos años, al cabo de esos dos años la cláusula caduca y el trabajador puede prestar servicios a otra empresa o dedicar parte de su tiempo a otras actividades, sin perder su puesto de trabajo ni su salario. Si el empleador quiere mantener la cláusula, debe negociar con el trabajador una nueva duración y una nueva compensación económica, y formalizarlo por escrito.

Sin embargo, no tiene ninguna limitación en cuanto al ámbito geográfico o sectorial ni es necesario que haya un conflicto de intereses ni un perjuicio para la empresa

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