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Convocatoria a la junta general de una sociedad limitada
¿Qué es una convocatoria a la junta general ordinaria o extraordinaria?
Una convocatoria a la junta general ordinaria o extraordinaria es un documento esencial dirigido a los administradores o miembros del consejo de administración de una sociedad de responsabilidad limitada o anónima, con el propósito de organizar y convocar a los socios o accionistas para la celebración de una junta general.
¿Cuándo usar esta convocatoria?
La convocatoria es necesaria para cualquier junta general de socios o accionistas, excepto en el caso de las «juntas universales» donde todos los socios o accionistas están presentes y aceptan por unanimidad la celebración de la junta.
La junta general permite que los socios o accionistas ejerzan sus poderes y tomen decisiones sobre asuntos relevantes para la sociedad.
- Si es ordinaria: debe realizarse dentro de los primeros seis meses de cada ejercicio social.
- Si es extraordinaria: puede ser convocada por los administradores o el consejo de administración cuando lo consideren necesario para los intereses sociales. Los administradores también están obligados a convocar la junta cuando lo soliciten uno o varios socios o accionistas que representen al menos el cinco por ciento del capital social.
Contenido esencial
Este documento permite respetar el contenido legal de toda convocatoria a la junta general de socios/as que, como mínimo, debe contener:
- Nombre o denominación de la sociedad que celebrará la reunión de su junta general;
- Fecha y hora de la reunión convocada;
- Cargo de la persona o personas que realizan la convocatoria; y
- Orden del día, en el que deben figurar los asuntos a tratar.
Contenido opcional
Por otro lado, el documento permite personalizar el orden del día de la convocatoria, incluyendo otros asuntos a tratar.
Es muy importante que los asuntos que se pretenden tratar en la junta general estén recogidos en el orden del día de la convocatoria, ya que, de lo contrario, estos no podrán ser debatidos ni podrán adoptarse válidamente acuerdos sobre ellos en la junta.
Información necesaria
Comunicación de la convocatoria
La convocatoria debe comunicarse a los socios al menos 15 días antes de la fecha de la junta, siguiendo los procedimientos establecidos en los estatutos de la sociedad y la legislación aplicable.
Ley aplicable
La convocatoria a la junta general ordinaria o extraordinaria de una sociedad limitada se encuentra regulada por el capítulo IV (artículos 166 a 177) del Título V, sobre «La junta general», del Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio).