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¿Cuáles son las diferencias entre arbitraje de derecho o equidad?

Diferencias entre arbitraje de derecho o equidad

Para conocer las diferencias entre arbitraje de derecho o de equidad, debemos primero explicar que el arbitraje es un método alternativo de resolución de conflictos que consiste en que las partes acuerdan someter su controversia a la decisión vinculante (laudo arbitral) de uno o más árbitros, que son personas imparciales y expertas en la materia. Los árbitros pueden resolver el conflicto aplicando normas jurídicas  (arbitraje de derecho) o criterios de equidad (arbitraje de equidad), según lo que hayan pactado las partes.

  • El arbitraje de derecho se basa en la aplicación de las normas jurídicas vigentes al caso concreto. El árbitro debe ser un jurista si la decisión (laudo) la toma un único árbitro, y si son tres, basta con que uno de ellos lo sea. Ofrece mayor seguridad jurídica.
  • El arbitraje de equidad se caracteriza por la libertad del árbitro para decidir el conflicto según su leal saber y entender, sin estar sujeto a normas jurídicas. Sin embargo, el árbitro no puede dictar un laudo que sea contrario al orden público o a las normas imperativas. Requiere un pacto expreso de las partes. Se trata de un arbitraje más flexible y rápido.

Si las partes no especifican el tipo de arbitraje, se aplica por defecto el arbitraje de derecho, que es el tipo más habitual. Por tanto, si las partes quieren un arbitraje de equidad, deben manifestarlo claramente. No obstante, existen algunas excepciones a esta regla, como en materia de consumo, donde se aplicará a la inversa.

En esta tabla se presentan, de forma sintetizada, las diferencias entre ambos:

Arbitraje de equidad Arbitraje de derecho
El conflicto se resuelve según el leal saber y entender del árbitro, sin aplicar leyes. Los árbitros resuelven el conflicto aplicando el ordenamiento jurídico vigente.
Los árbitros no tienen que ser graduados en derecho (juristas), sino conocedores del sector en el que se ha producido el conflicto. El árbitro, en el caso de uno solo, debe ser jurista, y en el caso de un tribunal de tres árbitros, al menos uno de ellos.
El laudo arbitral no tiene que estar motivado jurídicamente, sino por el sentido de lo justo. Tiene que estar argumentado y motivado jurídicamente.
Las partes tienen que acordar expresamente que el arbitraje sea en equidad, sino se entiende que es en derecho (salvo excepciones, como en materia de consumo) Se aplica por defecto salvo que las partes pacten expresamente el arbitraje de equidad

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