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¿Es obligatorio que un contrato de trabajo se formalice por escrito?

Formalizar un contrato de trabajo por escrito

Un contrato de trabajo puede formalizarse por escrito o de palabra. En todo caso, será obligatorio celebrarlo por escrito cuando así lo exija una disposición legal y siempre en los siguientes casos:

No obstante, aún en los casos donde no es obligatorio, cada una de las partes podrá exigir que el contrato se celebre por escrito, en cualquier momento del transcurso de la relación laboral.

En los casos en los que sea obligatorio formalizar el contrato por escrito y no se haga, el contrato de trabajo se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios. Por eso, es importante hacer el contrato por escrito cuando sea posible, para dejar constancia de las condiciones acordadas y evitar malentendidos o abusos. Además, el contrato por escrito tiene más valor legal que el verbal, ya que se puede presentar como prueba en caso de disputa.

Ejemplo: Ana y Pedro acuerdan verbalmente que Ana trabajará para Pedro como camarera durante dos meses, a media jornada, por 800 euros al mes. Este contrato no tiene que hacerse por escrito, según la ley.  Si Ana y Pedro no hacen el contrato por escrito, y después tienen algún conflicto, la ley presume que Ana tiene un contrato indefinido y a jornada completa, salvo que Pedro pueda demostrar lo contrario. Esto significa que Ana tendría derecho a cobrar el salario correspondiente a un contrato indefinido y a jornada completa, y que Pedro tendría que indemnizarla si la despide sin causa justa.

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