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La compensación económica en una cláusula de exclusividad

Compensación económica en una cláusula de exclusividad o plena dedicación

La compensación económica en una cláusula de exclusividad o plena dedicación es la cantidad de dinero que la empresa le paga al trabajador por renunciar a trabajar para otras empresas.

La forma de decidir la compensación económica depende del acuerdo entre el trabajador y la empresa, pero debe ser adecuada y proporcional al pacto de exclusividad y plena dedicación. No hay una regla fija para calcular la compensación económica, pero se pueden tener en cuenta algunos criterios, como:

  • El salario base del trabajador y el complemento salarial que recibe por otros conceptos.
  • El nivel de cualificación y experiencia del trabajador y el valor de sus conocimientos para la empresa.
  • El grado de limitación que supone el pacto de exclusividad y plena dedicación para el trabajador, tanto en el ámbito geográfico como sectorial.
  • El tiempo de duración del pacto de exclusividad y plena dedicación y la posibilidad de rescindirlo con un preaviso.

En la práctica, se pueden dar dos formas de pago:

  • El pago periódico de un importe (por ejemplo, mensual o anual)
  • El pago de un importe a tanto alzado en un pago único

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