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Cláusula de Drag Along (derecho de arrastre)

¿Qué es la cláusula de drag along?

La cláusula de drag along o derecho de arrastre es una disposición en un pacto de socios o accionistas que permite a un grupo mayoritario de socios obligar a los demás socios a vender sus acciones en una empresa si hay una oferta de compra.

El fin es proteger los intereses de los socios o accionistas con participación mayoritaria, ante la posible venta de la empresa a un tercero. Así, un socio mayoritario puede obligar a los minoritarios a vender sus acciones o participaciones en las mismas condiciones que el socio mayoritario haya pactado con el comprador.

Se usa, por tanto, cuando los socios quieren asegurarse de que todos estén de acuerdo en vender la empresa en su totalidad y evitar conflictos o bloqueos en el proceso de venta. Además, esta cláusula también beneficia al comprador, ya que puede adquirir el control total de la empresa.

 Contenido esencial

  • Identificación de las partes.
  • El precio mínimo de venta que obliga a los socios minoritarios a vender.
  • La fijación de las condiciones y el procedimiento para comunicar y ejecutar el drag along, así como para determinar el precio y la forma de pago.
  • El período de tiempo determinado durante el cual este derecho podrá ejercitarse por el socio mayoritario.
  • La posibilidad de los socios minoritarios de buscar un tercero que iguale la oferta de compra de la totalidad del capital social.
  • Una cláusula de penalización en caso de incumplimiento.

Contenido opcional

Todo contenido que las partes quieran establecer siempre que éste no sea contrario a la ley, a la moral y al orden público.

Por ejemplo, la posibilidad de ceder o transmitir la cláusula a terceros, por parte de la parte que se beneficia del Tag along, en caso de cambio de titularidad o de situación jurídica.

¿En qué contratos se suele aplicar?

Es especialmente útil en situaciones donde la empresa está buscando una venta o fusión y se requiere el consentimiento unánime de los socios.

Limitaciones

  • Debe respetar las normas sobre defensa de la competencia.
  • Debe ser proporcional y equilibrada, tanto en su contenido como en sus consecuencias.
  • Debe prever las condiciones y las sanciones en caso de incumplimiento, sin que estas sean excesivas o desmesuradas. En caso contrario, la cláusula puede ser considerada abusiva o nula por los tribunales.
  • La cláusula puede perder su eficacia o validez si se produce un cambio en las circunstancias que motivaron su establecimiento.

Si bien lo más común es incluirlas en el Pacto de Socios, en cuyo caso solo obliga a los socios que lo firmen, en ocasiones queda establecida en los Estatutos Sociales, siendo vinculante para todos los socios de la mercantil.

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