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¿Qué significa la expresión «no ser contrario a la ley, a la moral o al orden público»?
«No ser contrario a la ley, a la moral o al orden público»
La expresión «no ser contrario a la ley, a la moral o al orden público» se refiere a una condición que se suele incluir en los contratos, disposiciones o leyes para establecer ciertas restricciones en los actos jurídicos que se realicen.
Es decir, esto significa que cualquier acción, contrato, decisión etc, debe respetar los límites que impone el ordenamiento jurídico a la autonomía de la voluntad.
Estos límites son:
- Los límites legales: son las normas imperativas que no pueden ser derogadas por el acuerdo de las partes. Estas normas tienen como finalidad proteger el interés general o el interés de una de las partes más débil en el contrato.
Por ejemplo, las cláusulas abusivas en el derecho del consumidor.
- Los límites morales: son los principios éticos que rigen la conducta humana y que impiden la validez de los contratos inmorales. Estos contratos son aquellos que atentan contra la dignidad de las personas, la buena fe, la justicia o la solidaridad.
Por ejemplo, los contratos que implican explotación sexual o trata de personas.
- Los límites de orden público: son las reglas fundamentales que organizan la convivencia social y que reflejan los valores esenciales de una comunidad. Estos límites impiden que los contratantes puedan pactar algo que sea contrario al interés público o a los derechos fundamentales.
Por ejemplo, los contratos que vulneren la libertad, la igualdad, la seguridad o la propiedad
En última instancia, si un acto jurídico es contrario a alguno de estos límites, puede ser declarado nulo o anulable, según el caso.